Guías · Contratación pública
Presupuesto base de licitación: qué es y cómo se calcula
Es la cifra que manda en toda licitación: el máximo que puede gastar el órgano de contratación y el techo de tu oferta. Aquí tienes qué dice la ley, cómo se construye paso a paso, un ejemplo con números, cómo comprobar el de un pliego y por qué una hoja de cálculo se queda corta para hacerlo bien.
Autor: Equipo de Atalaya Intelligence · Publicado el 7 de octubre de 2026 · Fuentes: Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP) y Reglamento general de la Ley de Contratos (RD 1098/2001).
Respuesta directa
El presupuesto base de licitación es lo máximo que el órgano de contratación puede gastar con el contrato, IVA incluido. Se obtiene sumando los costes directos, los indirectos y otros gastos del servicio, más el IVA, y el pliego tiene que traerlo desglosado (art. 100 LCSP).
En servicios con mucha mano de obra, el grueso son los salarios del convenio de referencia con su Seguridad Social, que el presupuesto debe desglosar por categoría profesional y género. El valor estimado es otra cifra: va sin IVA, debe tener en cuenta los gastos generales de estructura y el beneficio industrial y suma las prórrogas y modificaciones previstas (art. 101).
Qué dice la ley
Tres artículos seguidos de la LCSP definen las tres cifras económicas de un contrato. Conviene no mezclarlas: cada una sirve para una cosa.
Límite máximo de gasto que puede comprometer el órgano de contratación, IVA incluido salvo disposición en contrario. Debe ser adecuado a los precios del mercado.
Importe total sin IVA. Debe tener en cuenta los costes laborales —en servicios con mano de obra relevante, los de los convenios sectoriales de aplicación—, otros costes, los gastos generales y el beneficio industrial, y sumar prórrogas, primas y modificaciones previstas.
Lo que se paga por la prestación realmente ejecutada, con el IVA como partida independiente. Si el coste principal es laboral, deben considerarse los convenios sectoriales aplicables en el lugar del servicio.
Costes directos e indirectos y otros gastos. Si los salarios forman parte del precio, los costes salariales estimados a partir del convenio de referencia, desglosados por género y categoría profesional.
En obras, el Reglamento fija la receta: presupuesto de ejecución material, más entre un 13 % y un 17 % de gastos generales de estructura, más un 6 % de beneficio industrial, más el IVA (art. 131 RGLCAP). Para servicios, ni la LCSP ni el Reglamento fijan esos porcentajes: cada órgano de contratación los justifica en su desglose.
Cómo se calcula, paso a paso
Es el mismo camino que recorre el órgano de contratación para fijarlo y el que tienes que rehacer tú para saber si te cabe. En un servicio de vigilancia, limpieza, jardinería o servicios auxiliares, por este orden:
- Del servicio a las horas y la plantilla. Horario × días × personas simultáneas da las horas al año; divididas entre la jornada anual del convenio, la plantilla equivalente. Un puesto 24 horas todos los días son 8.760 horas y, con 1.782 horas de convenio, 4,92 personas (cuánto cuesta una hora de servicio).
- Los costes salariales del convenio de referencia. Salario base, pagas, pluses y antigüedad de cada categoría, con las personas a subrogar tal como vienen en el anexo (subrogación), más la Seguridad Social a cargo de la empresa del año: un 34,25 % sobre el bruto en seguridad privada, limpieza y jardinería con contrato indefinido en 2026.
- Absentismo y sustituciones. Las bajas, permisos y formación obligatoria que la jornada de convenio no cubre.
- Otros costes directos e indirectos. Uniformes, equipos, vehículos, formación, supervisión, seguros, consumibles.
- Gastos generales de estructura y beneficio industrial. La parte de la empresa y su margen; el valor estimado tiene que tenerlos en cuenta (art. 101.2).
- Duración e IVA. El coste anual por la duración del contrato, más el IVA que corresponda (el tipo general es el 21 %), da el presupuesto base. Con las prórrogas y las modificaciones previstas, sin IVA, el valor estimado.
Un ejemplo con números
Un puesto de vigilancia 24 horas todos los días del año, con un bruto anual redondo de 20.000 € por persona, un 5 % de absentismo y un 15 % para el resto de costes, los gastos generales y el beneficio (el mismo ejemplo que la guía de coste por hora). El contrato dura dos años y admite dos prórrogas de un año.
Ver el desglose en tabla
| Partida | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Salarios (convenio de referencia) | 4,9158 personas × 20.000 € | 98.316 € |
| Seguridad Social de la empresa | 98.316 € × 34,25 % | 33.673 € |
| Absentismo y sustituciones | 131.989 € × 5 % | 6.599 € |
| Otros costes, gastos generales y beneficio | 138.588 € × 15 % | 20.788 € |
| Coste anual sin IVA | suma | 159.376 € |
| Duración inicial (2 años) | 159.376 € × 2 | 318.752 € |
| IVA (21 %) | 318.752 € × 21 % | 66.938 € |
| Presupuesto base de licitación | con IVA | 385.690 € |
| Valor estimado (2 + 2 años) | 159.376 € × 4, sin IVA | 637.504 € |
Un pliego real separaría además los costes directos de los indirectos, los gastos generales y el beneficio, y desglosaría los salarios por categoría y por género (art. 100.2). Aquí van juntos para que el cálculo se siga de un vistazo.
Ejemplo ilustrativo: cifras redondas que no corresponden a ningún convenio ni licitación concretos. No sirve para preparar una oferta ni para valorar un pliego: cada contrato tiene su convenio, su cotización, su jornada y sus costes.
Cómo comprobar el presupuesto base de un pliego
Si vas a presentarte, rehaz el cálculo con tus datos y ponlo al lado del desglose del pliego, línea por línea:
- ¿Trae el desglose? Costes directos e indirectos y, si hay salarios, por categoría profesional y género a partir del convenio de referencia (art. 100.2).
- ¿Usa el convenio y la tabla del año? La de cada año que dure el contrato, no la del año en que se redactó el pliego.
- ¿Cuadran las horas? Las del pliego técnico, convertidas en plantilla con la jornada anual del convenio.
- ¿Recoge la subrogación? Antigüedad, pluses y jornadas de las personas del anexo.
- ¿Cubre la Seguridad Social del año? Con la tarifa de accidentes de la actividad.
Tu oferta no puede superarlo: la proposición que exceda del presupuesto base de licitación será desechada por la mesa (art. 84 RGLCAP). Si el presupuesto no cubre el coste del convenio, puedes pedir información adicional sobre los pliegos al menos 12 días antes de que acabe el plazo de ofertas, salvo que el pliego fije otro plazo (art. 138.3 LCSP). Y si el contrato admite recurso especial —en servicios, con valor estimado superior a 100.000 € (art. 44)—, los pliegos se recurren en 15 días hábiles; con carácter general, no se admite el recurso contra los pliegos de quien ya ha presentado oferta (art. 50.1.b).
Por qué una hoja de cálculo no basta
Una hoja de cálculo hace bien las cuentas que le pongas. El problema es lo que no sabe: qué tabla rige cada año, qué tipo de cotización está vigente, qué jornada tiene cada convenio. Ninguno de esos errores da error: la hoja calcula igual, y el presupuesto —o tu oferta— sale corto.
En el ejemplo, olvidar el absentismo o usar la misma tabla salarial los cuatro años deja el valor estimado unos 30.000 € por debajo del coste real (el ejemplo usa la misma tabla los cuatro años para simplificar; si el convenio subiera un 3 % cada año, el valor estimado correcto sería 666.770 €). Para quien oferta, ese hueco sale de su margen o lo convierte en pérdidas. Así se reparte el trabajo:
La tabla salarial
La que copiaste del BOE. Si el convenio se revisa o se prorroga, la hoja no se entera.
Tablas de convenio por versión y vigencia, custodiadas con su documento fuente y su huella SHA-256. Ninguna entra en vigor sin una decisión humana.
Cada año del contrato
Una sola tabla para todo el contrato, salvo que montes una hoja por año.
Calcula mes a mes con la tabla del año que corresponde; si el convenio aún no ha publicado un año, aplica la última y te lo avisa.
La Seguridad Social
Los tipos que alguien escribió en una celda. Cuando cambia la orden de cotización, nadie avisa.
Catálogo legal con vigencia y fuente: contingencias comunes, desempleo, FOGASA, formación, MEI y accidentes por CNAE, aplicado sin teclearlo.
Horas y plantilla
Una fórmula que hay que acordarse de ajustar a la jornada de cada convenio.
Pasa de horas de servicio a plantilla con la jornada anual del convenio de cada trabajador.
La subrogación
Copiar el anexo a mano, persona a persona.
Lee del anexo la categoría, la jornada y la antigüedad de cada persona (lectura del pliego en beta) y costea trabajador a trabajador con la tabla de su convenio.
Festivos y pluses
Se calculan aparte y hay que no olvidar ninguno.
Festivos nacionales y autonómicos del calendario oficial y pluses de nocturnidad y festivos del convenio, dentro del coste.
El presupuesto base
No te dice si tu precio cabe.
Compara cada escenario de margen con el presupuesto base, avisa si ningún margen cabe y reparte el importe por anualidades.
El mercado
No sabe con qué baja se adjudican contratos parecidos.
Compara tu baja con la de adjudicación en licitaciones similares y avisa del riesgo de temeridad o de margen.
El rastro
Una celda sobrescrita no deja huella de qué cambió ni cuándo.
Cada recálculo crea un resultado nuevo con su explicación, y una oferta enviada no se modifica: se duplica para corregirla.
Lo que cambia con Atalaya Tender
Una hoja de cálculo hace las cuentas que le pongas. Atalaya trae las del convenio y las de la Seguridad Social, y te avisa cuando tu precio no cabe en el presupuesto.
El motor calcula con el convenio de cada trabajador y la tabla de cada año, aplica la cotización vigente, compara tu precio con el presupuesto base y tu baja con la de adjudicación en licitaciones parecidas, y guarda cada recálculo con su explicación por concepto y por trabajador. El cálculo de la oferta pública está en el plan OSP; tú sigues decidiendo el margen.
Preguntas frecuentes
¿El presupuesto base de licitación incluye el IVA?
Sí, salvo disposición en contrario: es el límite máximo de gasto «incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido» (art. 100.1 LCSP). En el precio del contrato, el IVA se indica siempre como partida independiente (art. 102.1).
¿Qué diferencia hay entre presupuesto base de licitación y valor estimado?
El presupuesto base es el máximo que se puede gastar, con IVA. El valor estimado va sin IVA y suma prórrogas, primas y modificaciones previstas (art. 101.2); es la cifra que decide, por ejemplo, si cabe recurso especial (art. 44). En el ejemplo de esta guía: 385.690 € frente a 637.504 €.
¿Puedo ofertar por encima del presupuesto base?
No. La proposición que exceda del presupuesto base de licitación será desechada por la mesa de contratación (art. 84 del Reglamento).
¿Qué hago si el presupuesto base no cubre el convenio?
La ley exige que sea adecuado a los precios del mercado (art. 100.2) y que, en servicios cuyo coste principal es laboral, se consideren los convenios sectoriales aplicables (art. 102.3). Pide información adicional al menos 12 días antes del fin del plazo (art. 138.3) y, si el contrato lo admite, recurre los pliegos en 15 días hábiles antes de presentar oferta (arts. 44 y 50). Si nada cambia, valora no presentarte: una oferta anormalmente baja por incumplir el convenio se rechaza en todo caso (art. 149.4).
¿El desglose tiene que venir por género?
Sí. Cuando los salarios forman parte del precio, el presupuesto base indica los costes salariales estimados a partir del convenio de referencia «de forma desglosada y con desagregación de género y categoría profesional» (art. 100.2).
Guía informativa elaborada a partir de los textos oficiales consolidados en el BOE (comprobados el 7 de octubre de 2026). El ejemplo es ilustrativo y sus cifras no sirven para ofertar. No sustituye al pliego de cada licitación ni constituye asesoramiento jurídico o profesional; Atalaya Intelligence no se hace responsable de las decisiones que se tomen a partir de ella.