Guías · Coste laboral
Cómo se calcula la subrogación de personal en una licitación
En los servicios intensivos en personal, quien gana el contrato hereda la plantilla del anterior. La ley obliga a que el pliego te dé los datos para costearla; el convenio de cada sector dice quién se subroga y desde cuántos meses de antigüedad; y el cálculo bien hecho es lo que separa una oferta viable de una ruinosa. Paso a paso, con la fuente al lado.
Autor: Equipo de Atalaya Intelligence · Publicado el 23 de septiembre de 2026 · Fuentes: Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP) y los convenios estatales de cada sector (enlazados más abajo).
Respuesta directa
La subrogación se calcula persona a persona con los datos del anexo del pliego: categoría, jornada, antigüedad y salario bruto anual, aplicando el convenio del sector. No se estima por horas: se hereda una plantilla concreta.
El artículo 130 de la LCSP obliga al órgano de contratación a publicar en el pliego la lista de personal a subrogar con esos datos. Si al subrogarte los costes reales son mayores que los publicados, tienes acción directa contra el antiguo contratista (art. 130.5).
Qué obliga la ley: artículo 130 de la LCSP
Cuando una ley, un convenio o un acuerdo colectivo imponga la subrogación, el pliego debe incluir la información «necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales».
Convenio de aplicación, categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada persona y todos los pactos en vigor.
La empresa saliente, a requerimiento del órgano de contratación, que lo traslada al nuevo adjudicatario. También cooperativas y, si la saliente es un Centro Especial de Empleo, todas las personas con discapacidad.
Penalidades al contratista que incumpla; acción directa contra el saliente si los costes reales superan los publicados; y el saliente responde de salarios y cotizaciones impagados, con retención de pagos por la Administración.
Quién se subroga: lo que dice cada convenio
La obligación nace del convenio colectivo, no de la LCSP. Cada convenio estatal fija un requisito de antigüedad mínima en el servicio y una lista de supuestos (reserva de puesto, sustituciones, nuevos ingresos por ampliación, jubilación parcial):
- Seguridad privada: 7 meses de antigüedad real en el servicio (art. 15), o menos si coincide con la antigüedad en la empresa; transporte de fondos con cómputo propio (art. 16).
- Servicios auxiliares: 7 meses (art. 19), personal operativo del grupo 5; la saliente entrega documentación con 10 días hábiles y un aval de seis meses de salario y cuota.
- Limpieza: 4 meses en la contrata (art. 17 del convenio sectorial estatal), también en reversión a la Administración; excluidos autónomos y socios cooperativistas sin condición de trabajadores.
- Jardinería: 4 meses (art. 45), que el propio convenio define como garantía de empleo distinta de la sucesión de empresa.
- Dependencia: 3 meses en la empresa saliente (art. 67), con reconocimiento por escrito de antigüedad y categoría en 10 días hábiles.
El cálculo, paso a paso
- Lee el anexo de subrogación y contrástalo con el servicio. Suma las jornadas del anexo y compáralas con las horas que exige el pliego: si el anexo cubre menos, el resto son contrataciones nuevas; si cubre más, tendrás excedente que también cuesta.
- Persona a persona: salario según convenio y categoría. Tabla del año en curso (y del siguiente si el contrato lo cruza), con las pagas extraordinarias que fije el convenio (dos o tres según el sector) y el plus de convenio cuando exista aparte del salario base.
- Antigüedad heredada. Trienios o quinquenios ya devengados y los que se devenguen durante el contrato: se calculan con la fecha de antigüedad del anexo, no con la fecha de inicio del contrato.
- Pluses del puesto. Nocturnidad, festivos, peligrosidad, arma, transporte, vestuario o los propios de cada convenio, según el turno real que cubra cada persona.
- Jornada parcial y cotización. En limpieza y dependencia abundan las jornadas parciales: el coste va en proporción, pero las bases de cotización y ciertos pluses tienen mínimos.
- Seguridad Social a cargo de la empresa. Contingencias comunes, desempleo, formación, FOGASA, MEI y accidentes de trabajo según la tarifa de la actividad. Es el bloque que más se olvida al «tomar el bruto anual del anexo» como si fuera el coste.
- Sustituciones y absentismo. Vacaciones, incapacidad temporal y permisos obligan a cubrir horas: sin ese coste, la plantilla del anexo no cubre el servicio.
- Pactos en vigor. Condiciones más beneficiosas, complementos personales o acuerdos de empresa que el anexo debe declarar y que se heredan.
Los tres errores que más ofertas hunden
Costear la plantilla como si fuera nueva, olvidar la Seguridad Social y no cubrir las sustituciones.
Un vigilante con quince años de antigüedad no cuesta lo que uno recién contratado; el salario bruto anual del anexo no incluye la cuota empresarial; y una plantilla que cubre exactamente las horas del pliego no cubre las vacaciones de nadie. Los tres errores empujan la oferta por debajo del coste real y, si además se acerca al umbral de anormalidad, la mesa pedirá una justificación que no existe.
Lo que hace Atalaya
Lee la lista de personal del pliego y deja cada dato con el documento y la página de donde sale, para que puedas verificarlo.
Aplica a cada persona la tabla de su categoría, la antigüedad heredada, los pluses del turno y la cotización, con el convenio guardado con su huella del BOE.
Compara las horas del anexo con las del pliego y señala el excedente o el déficit antes de decidir el precio.
Con el coste cerrado, Mercado avanzado compara tu baja con la baja ganadora de licitaciones similares. Puedes ver los percentiles por sector en el informe de datos.
Preguntas frecuentes
¿La subrogación es obligatoria en todos los contratos públicos de servicios?
No por la LCSP, que solo regula la información (art. 130). La obligación nace del convenio colectivo del sector o de una norma legal; en seguridad privada, limpieza, jardinería, servicios auxiliares y dependencia la imponen sus convenios estatales.
¿Qué datos debe publicar el pliego sobre el personal a subrogar?
Convenio aplicable, categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada persona y todos los pactos en vigor (art. 130.1 LCSP).
¿Qué hago si los costes reales son mayores que los del pliego?
El artículo 130.5 de la LCSP te da acción directa contra el antiguo contratista por la diferencia. Conviene documentar la desviación desde el primer día.
¿Se subroga el personal si la Administración recupera el servicio?
Sí, cuando lo imponga una ley, un convenio o un acuerdo colectivo (art. 130.3 LCSP). El convenio de limpieza lo prevé expresamente para la reversión a las administraciones públicas.
¿Cuántos meses de antigüedad exige cada convenio?
Seguridad privada y servicios auxiliares, siete meses en el servicio; limpieza y jardinería, cuatro meses en la contrata; dependencia, tres meses en la empresa saliente. Cada convenio añade supuestos para reserva de puesto, sustituciones y nuevos ingresos.
Guía informativa elaborada a partir de los textos oficiales consolidados en el BOE; no sustituye al pliego de cada licitación ni al convenio aplicable, ni constituye asesoramiento jurídico.